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El Régimen de Incorporación fiscal (RIF), nace en el año 2014 en sustitución al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS). Es la idea de una plataforma para invitar a los pequeños negocios a entrar a la formalidad y comenzar a tributar, es por ello que ofrece beneficios a quienes se inscriben ya que su idea es que los contribuyentes comiencen a pagar impuestos y se vayan preparando paulatinamente para la tributación dentro del Régimen General.

¿Cuáles son los requisitos para poder tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal?

  • Los ingresos anuales que se obtengan no deberán rebasar $2,000,000
  • Realizar actividades empresariales para las cuáles no se necesite de título profesional.

Beneficios

  • Pago de impuestos de forma bimestral.
  • Porcentaje de reducción en impuestos.
  • No tiene obligación de presentar declaración anual.
  • Incentivos en materia de seguridad social, para que también tengan asegurados a sus trabajadores, igual con reducción en los pagos y de forma bimestral.

Si tienes una carnicería, pollería, frutería, pescadería, verdulería, tienda de abarrotes  o prestas servicios de: Electricista, albañil, taxista, carpintero, plomero, mecánico entre otros, este régimen es para tí.

Si en tus planes está emprender un pequeño negocio o ya lo tienes establecido, ¡acércate a nosotros! Súmate a los negocios formales y evita problemas fiscales. En Peñalver y Asociados te ayudaremos en cada paso, contamos con equipo altamente calificado para asesorarte y ayudarte a crecer.


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