El Régimen de Incorporación fiscal (RIF), nace en el año 2014 en sustitución al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS). Es la idea de una plataforma para invitar a los pequeños negocios a entrar a la formalidad y comenzar a tributar, es por ello que ofrece beneficios a quienes se inscriben ya que su idea es que los contribuyentes comiencen a pagar impuestos y se vayan preparando paulatinamente para la tributación dentro del Régimen General.
¿Cuáles son los requisitos para poder tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal?
- Los ingresos anuales que se obtengan no deberán rebasar $2,000,000
- Realizar actividades empresariales para las cuáles no se necesite de título profesional.
Beneficios
- Pago de impuestos de forma bimestral.
- Porcentaje de reducción en impuestos.
- No tiene obligación de presentar declaración anual.
- Incentivos en materia de seguridad social, para que también tengan asegurados a sus trabajadores, igual con reducción en los pagos y de forma bimestral.
Si tienes una carnicería, pollería, frutería, pescadería, verdulería, tienda de abarrotes o prestas servicios de: Electricista, albañil, taxista, carpintero, plomero, mecánico entre otros, este régimen es para tí.
Si en tus planes está emprender un pequeño negocio o ya lo tienes establecido, ¡acércate a nosotros! Súmate a los negocios formales y evita problemas fiscales. En Peñalver y Asociados te ayudaremos en cada paso, contamos con equipo altamente calificado para asesorarte y ayudarte a crecer.
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